El Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires difundió este lunes un comunicado para explicar la resolución tomada por la jueza Laura De Marinis, al frente del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3, respecto de la aplicación del nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil.

Según el texto difundido, el episodio investigado involucró a un grupo de cinco adolescentes, entre ellos un joven de 14 años, que habría intentado asaltar a un hombre de 47 años. El conjunto de hechos habría llevado a la intervención policial cuando el hombre fue seguido por la calle.

Como resultado, el chico de 14 años recibió sobreseimiento, mientras que la investigación continúa respecto de otros involucrados de 16 años, respecto de quienes rige la Ley 27.801, vigente. El fallo surge de un planteo de la Defensa Oficial, al que se adhirió la Asesoría Tutelar en nombre de los derechos e intereses del menor.

En la sentencia, la magistrada rechazó la pretensión de incompetencia y, dentro del marco del control de constitucionalidad y convencionalidad difuso que corresponde ejercer en cada caso, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801 respecto del adolescente imputado. La resolución aclara que esa declaración de inconstitucionalidad se circunscribe exclusivamente a la situación de este caso y a este menor, dada la particularidad de las circunstancias acreditadas en el expediente.

Entre los elementos citados, se señala que el adolescente desconocía la modificación legislativa que estableció una nueva edad mínima para la responsabilidad penal juvenil.

Cabe recordar que la Ley 27.801 entró en vigencia el 5 de septiembre de 2026 y introduce un nuevo régimen para la responsabilidad penal juvenil, abarcando a personas de entre 14 y 17 años en relación con los delitos previstos en el Código Penal. La resolución no se interpreta como una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino como un análisis de su aplicación en las circunstancias concretas del caso.