El Banco Central (BCRA) modificó las reglas sobre cuánta deuda del Tesoro pueden acumular las entidades financieras en sus balances. A través de la Comunicación “A” 8483, la autoridad monetaria permitió que, además de las Letras de Capitalización (Lecap), los bancos incluyan en ese cupo otros títulos públicos en pesos, entre ellos dollar linked y títulos duales.

La medida no crea un nuevo techo ni habilita a las entidades a adquirir más deuda de la que ya podían comprar. Lo que cambia es la composición posible de la tenencia: el cupo, que hasta ahora se completaba casi exclusivamente con Lecap de corto plazo, podrá completarse con una gama más amplia de papeles, incluso con instrumentos de mayor vencimiento.

Voceros oficiales destacaron que la modificación forma parte de un proceso de orden normativo que ya se aplicó en otros sectores del sistema financiero. Compararon la iniciativa con reformas previas en la normativa cambiaria, en el esquema de efectivo mínimo y en reglas de fraccionamiento, donde también se simplificaron excepciones y se definieron criterios más claros. Añadieron que el objetivo no cambia, sino que se avanza de manera más gradual.

En cuanto a los límites de fondo, el BCRA dejó claro que no se incrementan las exposiciones al sector público ni se autoriza un aumento del stock de deuda en manos de los bancos. La autoridad afirmó que, hoy por hoy, los niveles de exposición a la deuda pública no implican riesgo para la estabilidad del sistema y que la intención es sostener un marco prudencial ordenado y previsible, acorde a la etapa de normalización que atraviesa la entidad.

Para entender el alcance de la medida, hay que remitirla a mayo de 2025, cuando el Central fijó un techo que permitía a cada banco comprar Lecap en función de la cantidad de pases pasivos que tenían colocados. Ese esquema buscaba que, al desarmar su stock de pases—instrumento utilizado para absorber liquidez—, los bancos canalizaran esos pesos hacia instrumentos del Tesoro, dentro de un límite prudencial.

Lo novedoso ahora es que ese cupo ya no está restringido a Lecap: puede integrarse con cualquier título público nacional en pesos, incluidos los instrumentos ajustados por la evolución del dólar oficial y los llamados duales.

La Comunicación A 8483 especifica que quedan comprendidos los títulos emitidos de forma primaria a partir del 17 de septiembre dentro del marco del Programa de licitaciones para asegurar la liquidez del mercado del Ministerio de Economía, así como aquellos adquiridos en el mercado secundario desde esa misma fecha.