El sector de comercio concentra a una de las plantillas laborales más grandes de Argentina, con empleos en supermercados, shoppings, autoservicios y comercios de todo tipo. Todos quedan regulados por el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, que fijan las condiciones laborales y salariales; cada ronda paritaria define no solo los haberes mínimos, sino también la estructura de beneficios, bonos y sumas no remunerativas que componen el ingreso final de cada trabajador.

Entre los puestos centrales aparece el cajero de supermercado, una posición de alta demanda presente tanto en grandes cadenas como en comercios de proximidad. Su salario sirve como referencia para empleados de categorías equivalentes dentro del propio convenio. La escala salarial para cajeros se reparte en tres categorías: A, B y C, que señalan distintos niveles de responsabilidad y antigüedad.

El acuerdo paritario cerrado en julio de 2026 entre la Federación Argentina de Empleados de Comércio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales dispuso un aumento trimestral para el periodo julio-septiembre. Además, se acordó el pago de un bono extraordinario y la continuidad de una suma fija no remunerativa de 120.000, heredada de la negociación anterior, lo que incrementó el ingreso efectivo por encima del básico de convenio.

En septiembre de 2026, los cajeros perciben salarios de convenio correspondientes a lo devengado en agosto, que oscilan entre $1.322.132 y $1.335.474 según la categoría. Esos montos contemplan el básico, la suma no remunerativa de 120.000 vigente y la segunda cuota de 25.000 del bono extraordinario acordado en paritarias.

La distribución por categorías se refleja así para septiembre: A, B y C. A estos tramos básicos se suman conceptos específicos de manejo de caja regulados por el Artículo 30 del CCT 130/75, con un esquema anual que se paga en cuatro cuotas por cada trimestre cumplido. En las categorías A y C, el suplemento anual es de 144.198,68 (equivalente a 36.049,67 por trimestre). En la categoría B, el complemento anual asciende a 567.825,83 (141.956,46 por trimestre), además de un adicional fijo mensual de 1.635,18 por faltante de caja, según el acta correspondiente.

El ingreso final de cada trabajador puede superar el básico de convenio, ya que se incorporan conceptos como antigüedad, presentismo y horas extras, conforme a las condiciones particulares de cada empleado y empleador.

La FAECyS cerró el acuerdo vigente en julio de 2026 con tres cámaras del sector: CAC (Cámara Argentina de Comercio y Servicios), CAME (Confederación Argentina de la Mediana Empresa) y UDECA (Unión de Entidades Comerciales Argentinas). El convenio rige desde el 1° de julio y su vigencia, según el fragmento disponible, está sujeta a la continuación de la negociación, con la redacción incompleta en el texto original.