Un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Bahía Blanca, dictado este viernes por el magistrado Agustín López Cóppola, detuvo de forma cautelar el incremento de tarifas de energía autorizado por la administración de Axel Kicillof para las distribuidoras de la provincia de Buenos Aires. Las firmas afectadas son Edelap (La Plata), EDES (sur), EDEA (costera) y EDEN (norte), que deberán mantener vigente el cuadro tarifario anterior y abstenerse de aplicar nuevos aumentos sin haber realizado audiencias públicas para debate con los usuarios.
La medida fue solicitada por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, ex diputado kirchnerista, quien sostuvo que las empresas no pueden trasladar subas a las familias sin informar y debatir previamente con la sociedad. En ese marco, el defensor explicó que la acción busca proteger derechos económicos de los consumidores y garantizar el derecho constitucional a la información y la participación en las decisiones tarifarias.
La cautelar alcanza a la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, que encabeza Gabriel Katopodis. Según fuentes judiciales, la medida estará vigente hasta que la justicia se expida de manera definitiva sobre el tema. En ese marco, las cuatro distribuidoras deberán restablecer el cuadro tarifario anterior y no podrán efectuar modificaciones sin la previa participación de los usuarios en audiencias públicas.
Lorenzino explicó que la actualización de los costos de distribución (VAD) autorizada por el gobierno provincial resulta central en la disputa, ya que, en su criterio, los nuevos valores se fijaron de manera discrecional sin instancia de participación ciudadana. Además, indicó que el VAD vigente se había aplicado a consumos desde el primer día de agosto, lo que llevó a solicitar un trámite urgente para evitar que esas diferencias se trasladen a las facturas.
Cabe aclarar que Edenor y Edesur, que operan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), quedaron fuera de la medida por su jurisdicción regional, por lo que la cautelar no alcanza a esos concesionarios. Con la resolución, los usuarios que ya recibieron facturas con el nuevo valor deberán ver acreditada la diferencia en la próxima factura como saldo a favor.



