El Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires difundió este lunes un comunicado sobre la resolución adoptada por la jueza Laura De Marinis, a cargo del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3, en relación con la aplicación del nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil.
El expediente se originó a partir de un hecho en el que, junto a otros cuatro adolescentes, un joven de 14 años habría intentado asaltar a un hombre de 47 años; la situación provocó la intervención policial tras seguir a la víctima por la vía pública.
Como resultado, el menor de 14 años fue sobreseído. En cambio, la investigación continúa respecto de otros adolescentes de 16 años involucrados en el caso, para quienes corresponde aplicar la Ley 27.801, vigente en la actualidad.
La resolución surge de un planteo de la Defensa Oficial, al que adhirió la Asesoría Tutelar en representación de los derechos e intereses del adolescente.
En la sentencia, la magistrada rechazó su competencia hasta el momento y, ejercitando el control de constitucionalidad y convencionalidad difuso que corresponde en cada caso, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801 respecto del adolescente imputado.
La autoridad judicial aclaró que la declaración de inconstitucionalidad no se extiende a la ley en general, sino que se circunscribe a las circunstancias particulares evaluadas en el expediente.
Entre los elementos considerados, se consignó que el adolescente desconocía la modificación legislativa que fijó una nueva edad mínima de responsabilidad penal juvenil.
La Ley 27.801 entró en vigencia el 5 de septiembre de 2026 y establece un nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil para personas de entre 14 y 17 años respecto de los delitos previstos en el Código Penal. La resolución señala que no se trata de una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino de un análisis de su aplicación en el marco de un caso concreto.



