La Corte Suprema de Justicia dejó en suspenso la decisión que absorbió a César Milani, exjefe del Ejército durante la gestión de Cristina Kirchner, en la causa por la desaparición del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, ocurrida en Tucumán en junio de 1976. El máximo tribunal dio lugar al recurso de la fiscalía y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento.
Milani, entonces subteniente, era investigado por encubrimiento y falsedad ideológica de documento público, acusado de haber redactado un acta de deserción que presentaba la desaparición de Ledo como una fuga voluntaria. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán lo había absuelto, y la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó esa resolución.
El fallo de la Corte Suprema fue signado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Ignacio Pérez Curci, este último en calidad de conjuez, quienes se unieron al dictamen del procurador general interino. El conjuez Luis Renato Rabbi-Baldi Cabanillas también aportó un voto a favor de ese criterio. En tanto, el vicepresidente de la corte, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia y consideró que el recurso de la fiscalía era inadmisible.
Los hechos probados en el proceso indican que Milani y Ledo integraban el Batallón de Ingenieros de Construcciones 141, con base en La Rioja, que en mayo de 1976 fue enviado a Monteros, Tucumán, dentro del marco del Operativo Independencia. El contingente se instaló en una escuela de comercio de esa localidad, bajo la supervisión de tres oficiales: el capitán Esteban Sanguinetti y los subtenientes Milani y Ernesto Molina.
La noche del 17 de junio de 1976, Ledo fue sacado de su cama por personal de la fuerza. Su última ubicación conocida, en diciembre de ese año, fue en el Arsenal Miguel de Azcuénaga, en San Miguel de Tucumán, donde figuraba detenido. Ledo era académico de Historia en la Universidad Nacional de Tucumán, había trabajado con el obispo Enrique Angelelli y militaba en el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT). El tribunal había determinado que era “un objetivo a eliminar por su actividad política”.
Poco después, Sanguinetti ordenó iniciar actuaciones por deserción. En el acta fechada el 29 de junio de 1976 y atribuida a Milani se consignó que el soldado “se fugó del vivac” llevándose su equipo de campaña. Sin embargo, el proceso demostró que Ledo no se llevó su equipo ni sus anteojos, que usaba de forma permanente.
Por la desaparición de Ledo, Sanguinetti fue condenado a 14 años de prisión como partícipe secundario de privación ilegal de la libertad y homicidio agravado. Milani, en cambio, fue absuelto. Los jueces sostuvieron, entre otros argumentos, que no había certeza de que la firma del acta fuera suya—solo existía una copia certificada y un informe técnico de la defensa que cuestionaba su correspondencia—y añadieron que, aun si la firma existiera, la redacción del acta era un trámite burocrático y una conducta “neutral”, sin indicios de conocimiento del crimen.
La Corte cuestionó esos lineamientos y ordenó revisar la absolución, señalando que corresponde revalorizar las pruebas para emitir un nuevo pronunciamiento. En consecuencia, se espera que la fiscalía aporte elementos que permitan dictaminar una resolución definitiva en la causa por la desaparición de Ledo.



