La exdiputada y referente de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, solicitó este miércoles a la Cámara de Diputados que rechace el artículo 154 incluido en el DNU 70/23, el cual deroga la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737) y, con ello, elimina los límites para la compra de tierras por parte de extranjeros. La petición llega un día después de que la Corte Suprema revocara la decisión de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional ese artículo.

En su publicación de X, Carrió sostuvo que el DNU que deroga la prohibición de límites a la compra de tierras por extranjeros es nulo y debe ser rechazado de forma urgente por ambas cámaras. Afirmó que ya el Senado ha tomado una postura al respecto y que la Cámara de Diputados debe darle tratamiento prioritario; de no hacerlo, dijo, Diputados quedaría como cómplice del Poder Ejecutivo.

La dirigente también calificó la medida como un ejercicio de Poder Autoritario que atenta contra la soberanía e la integridad territorial de la Nación, y responsabilizó al Presidente y a los ministros firmantes del decreto. En términos duros, aseguró que “vienen por el agua y la tierra” y que, si no se frena este camino, podría continuarse con otros recursos, como la IA y el agua dulce, en un marco que describió como anarcocapitalista. Expresó que, en su visión, los encargados de ejecutar estas políticas son simples empleados al servicio de la enajenación de la nación.

La Corte Suprema, por su parte, revocó este martes la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, que en diciembre de 2023 derogó la Ley 26.737. El fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, explicó que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), actor demandante, no tenía legitimación para iniciar la acción y que no existía un caso o controversia que habilite la intervención judicial.

El máximo tribunal aclaró además que su decisión no implica un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo 154 ni una revisión de las facultades del Congreso. En la práctica, la resolución dejó sin efecto la restricción impuesta por la Ley de Tierras y volvió a quedar vigente el tramo del DNU que la deroga, con la consiguiente repercusión en los límites de tenencia de tierras rurales por parte de extranjeros: la Ley 26.737 establecía un tope del 15% de la superficie de cada territorio para extranjeros y un máximo de 1.000 hectáreas para un mismo titular en la zona núcleo. Tras el fallo, diversos actores y sectores expresaron su postura, mientras continúa el debate sobre el alcance de las normas y las responsabilidades de cada poder del Estado.