El gobierno de Javier Milei oficializó este martes la modificación del Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en las tarifas de gas a usuarios de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 y del Decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.

La reforma, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada por el Presidente el 9 de octubre, introduce nuevas condiciones para acceder al beneficio y añade una bonificación adicional para hogares que reúnan determinados criterios socioeconómicos y geográficos.

La modificación cambia el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga varios artículos de la Ley 27.637, la norma que había ampliado el alcance territorial del régimen.

El cambio principal es que residir en una zona incluida en la ampliación anterior ya no garantiza automáticamente el descuento. Los hogares deben estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y cumplir las condiciones que establece la nueva normativa.

Además, la bonificación adicional se calculará sobre los llamados Consumos Base, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado por cada hogar.

La reforma mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región conocida como Puna, donde continuarán vigentes los beneficios previstos en el régimen.

La Ley 27.828 establece una bonificación adicional por Zona Fría para determinados usuarios residenciales de gas natural por redes y de gas propano diluido por redes.

El beneficio estará destinado a hogares ubicados en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, contempladas en la normativa utilizada por ENARGAS.

Para acceder, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas previstas y cumplir alguno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley.

Entre los requisitos, la ley no fija un límite de ingresos en pesos, sino que lo vincula al valor de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con las mediciones del INDEC. La legislación también determina que la bonificación adicional estará limitada a los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios.

Por otra parte, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna conservarán un régimen específico. Para esas zonas continuarán los beneficios destinados a usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes, así como a determinados usuarios del Servicio General P.

El Poder Ejecutivo, por sí o mediante la autoridad de aplicación, tendrá la facultad de determinar las modalidades de esos beneficios. La modificación introduce un cambio en las condiciones de acceso a los descuentos para las zonas comprendidas en la ampliación anterior, y la bonificación adicional pasará a depender de criterios de focalización adicionales además de la ubicación geográfica.