El Ejecutivo decidió aplazar la implementación del régimen de Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y formalizó esa prórroga mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial. La entrada en vigencia, prevista originalmente para el 1 de noviembre, quedó fijada para el 1 de diciembre. Además, el texto incrementa de seis a doce los meses de carencia aplicables desde la primera contribución efectuadas por cada empleador.

La medida modifica dos artículos del Decreto 408/26, que reglamenta la Ley de Modernización Laboral 27.802, y según los fundamentos oficiales busca ganar tiempo para que organismos públicos, entidades financieras y actores del mercado de capitales completen procedimientos, sistemas y herramientas necesarias para operar el nuevo esquema.

Los Fondos de Asistencia Laboral se crean para cubrir determinadas obligaciones vinculadas a la extinción de relaciones laborales. Su alcance alcanza a empleadores del sector privado, con exclusiones previstas en el último párrafo del artículo 58 de la ley y en las relaciones que pertenezcan al sector público.

El sistema se financiará a través de una contribución mensual de los empleadores, calculada sobre la remuneración base para las contribuciones patronales. Las micro, pequeñas y medianas empresas aportarán el 2,5%, mientras que el resto de las compañías privadas deberá aportar el 1%. ARCA canalizará esos fondos a una cuenta vinculada al FAL elegido por cada empleador. Los recursos se destinarán a cubrir indemnizaciones y otras obligaciones derivadas de la finalización de una relación laboral.

En su marco original, la entrada en vigencia estaba prevista para el 1 de junio de 2026, con facultad para el Poder Ejecutivo de extenderla por hasta seis meses. En mayo, el Decreto 408/26 adelantó esa fecha al 1 de noviembre.

La norma subraya que la implementación requiere coordinación entre el Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, la Comisión Nacional de Valores (CNV) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Cada organismo interviene en aspectos distintos de la regulación, el registro, la administración y el control de los fondos.

Asimismo, se indica que los FAL deben operar mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros supervisados por la CNV. Esos vehículos gestionarán los recursos de las contribuciones, conforme a políticas de inversión ya definidas por el Ministerio de Economía.

Por su parte, la CNV, ARCA y la Unidad de Investigación Financiera (UIF) emitieron normas complementarias para adaptar sus marcos regulatorios a las particularidades del nuevo régimen. No obstante, desde el Poder Ejecutivo aclararon que aún deben hacerse ajustes por parte de los organismos implicados.