Buenos Aires, 19 de octubre (NA) – El Gobierno nacional formalizó un nuevo régimen de retiro voluntario dirigido al personal que integra la Administración Pública Nacional Centralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo. La inscripción estará habilitada del 1° al 30 de noviembre de 2026, con una prórroga única de hasta 30 días.

La medida quedó establecida en el Decreto 1203/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y cuenta con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. El texto señala que se aprueba el Régimen de Retiro Voluntario aplicable al personal que revista en la planta permanente conforme a la Ley N° 25.164 y al personal vinculado por contratos por tiempo indeterminado.

La autoridad de aplicación será la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado. Esa cartera quedará facultada para establecer, por única vez, la prórroga del plazo de adhesión al régimen por hasta 30 días y dictar normas complementarias, aclaratorias e interpretativas necesarias para su implementación.

El decreto también establece que las jurisdicciones deberán tomar las medidas necesarias para eliminar, a partir de la fecha de cese en la relación laboral, los cargos presupuestarios correspondientes al personal que acceda al retiro.

El régimen plantea tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación económica. El primer grupo está integrado por mujeres a partir de los 58 años y hombres a partir de los 63 que no cuentan con aportes suficientes para acceder a la jubilación ordinaria. Quienes pertenezcan a este grupo pueden optar por dos alternativas:

- Opción A: recibir de forma mensual el 60% de la remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses o hasta reunir los requisitos jubilatorios, manteniendo durante ese periodo los aportes previsionales y de obra social previstos en el régimen.

- Opción B: percibir una gratificación única equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción superior a tres meses, con un tope de 18 remuneraciones y sin superar el monto necesario para cubrir los meses restantes para cumplir la jubilación.

El segundo grupo comprende a mujeres entre 58 y 64 años y hombres entre 63 y 64 años, con al menos 30 años de aportes jubilatorios. En estos casos, la compensación será equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad o fracción mayor a tres meses, con un máximo de 18 remuneraciones. No se especifica en el texto disponible algún límite adicional vinculado con el tiempo restante para cumplir los requisitos jubilatorios.