El texto ingresado por el Ejecutivo, bajo un artículo 17 de lectura poco clara, propone derogar la movilidad que regula la actualización de las asignaciones familiares, incluida la Asignación Universal por Hijo (AUH) para más de 9 millones de personas, sin ofrecer un sustituto concreto.
En concreto, la iniciativa apunta a derogar los artículos 1°, 3° y 4° de la Ley 27.160 de asignaciones familiares, publicada en 2015. El artículo 1° es el núcleo: establece que las asignaciones son móviles y que su actualización se vincula a la movilidad previsional; además, ese ajuste se aplica tanto a los montos como a los límites y rangos de ingresos utilizados para determinar quién cobra, en el caso de trabajadores en relación de dependencia. Los artículos 3° y 4° colocan el cálculo a cargo de ANSES y definen cuándo debe iniciarse el mecanismo.
Hoy, la movilidad previsional se actualiza mensualmente con la inflación. Como ejemplo, en septiembre de 2026 la suba fue de 2,11% tanto para las asignaciones como para los topes y rangos de ingresos.
La Ley 27.160 establece que las asignaciones de la Ley 24.714 son móviles, con la única excepción de la asignación por maternidad. Quedan alcanzadas, entre otras, la AUH (incluida la prestación por hijos con discapacidad) y la asignación por embarazo, además de las asignaciones familiares por hijo y con hijo con discapacidad, la prenatal, el nacimiento, la adopción y el matrimonio.
Con esto, la AUH y la asignación por embarazo perderían la garantía legal de actualización automática que hoy les garantiza la normativa vigente.
La derogación también afectaría al sistema SUAF, que regula las prestaciones para empleados, monotributistas, beneficiarios del seguro de desempleo, jubilados y otros grupos. Por ejemplo, para septiembre, ANSES fijó un ingreso individual de referencia de 3.157.449 pesos por encima del cual el grupo familiar queda fuera del cobro; ese umbral se actualiza en paralelo con la movilidad.
Si desaparece la movilidad y no se crea un mecanismo sustituto, el Gobierno podría continuar aumentando prestaciones y topes por decisiones futuras, pero ya no estaría obligado por la Ley 27.160 a ajustarlos automáticamente conforme a la inflación.
Especialistas advierten que esa discrecionalidad podría permitir reajustes por debajo de la inflación. Un antecedente citado es el bono para jubilados de la mínima, que desde marzo de 2024 permanece congelado en 70.000 pesos.
Desde el Gobierno aseguran que las prestaciones se seguirán pagando y sostienen que cumplirán con lo que exige el FMI, es decir, cubrir alrededor del 95% de la prestación. Sin embargo, las autoridades no pudieron precisar si las asignaciones alcanzadas seguirán actualizándose por inflación o si se adoptarán otros criterios.



