El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) comenzará a operar el 1° de noviembre. A partir de esa fecha, todas las empresas argentinas, desde microempresas hasta grandes corporaciones, deberán inscribirse de manera obligatoria. Cada firma formará una cuenta individual para acumular un fondo que servirá para cubrir las indemnizaciones laborales de sus trabajadores.

El esquema implica cambios en las relaciones laborales y abre la puerta a un nuevo negocio financiero, con bancos, agentes de bolsa (ALyCs) y otras entidades que ya están promoviendo planes para que las compañías inviertan esos fondos y obtengan rendimientos, con el objetivo de estar mejor protegidas ante eventuales indemnizaciones.

Quedará establecido que el FAL acumulará el 2,5% de los salarios pagados por mipymes y el 1% en el caso de las grandes empresas, equivalentes al porcentaje que hoy se maneja como carga patronal. Ese dinero tendrá uso exclusivo para las indemnizaciones y no podrá destinarse a otros conceptos.

En las últimas jornadas, ARCA emitió una reglamentación que fija los pasos a seguir en el corto plazo, ya que la vigencia del régimen está fijada para el 1° de noviembre. Sin embargo, habrá un margen operativo: el funcionamiento del FAL se vinculará a las remuneraciones devengadas a partir de noviembre, pero la declaración jurada de cargas sociales se presenta en diciembre y el ID-FAL debe informarse antes de esa presentación. Por ello, el trámite podrá realizarse durante noviembre, según explicó Sebastián Domínguez, tributarista y agente productor de la CNV.

Los empleadores deberán completar una secuencia de pasos antes de presentar la declaración jurada de cargas sociales de noviembre y realizar el pago correspondiente. Primero, deben abrir una Cuenta Individual del Empleador en la entidad financiera elegida (banco o agente de bolsa). Allí se generará el ID FAL, identificador que vincula al empleador con su cuenta. Después, deben seleccionar el “vehículo de inversión colectiva” en el que se administrará el dinero: un fondo común de inversión o un fideicomiso financiero autorizado.

Una vez abierta la cuenta, la entidad financiera elegida y la CNV comunicarán a ARCA los datos asociados, incluido el fondo de inversión elegido y la CBU. Con la herramienta Simplificación Registral y la Clave Fiscal, el empleador deberá declarar su condición y validar el ID FAL. Quienes inicien actividades después de noviembre deben realizar este proceso antes del primer vencimiento de cargas sociales.

La contribución se calculará en el formulario F. 931, que se presenta ante ARCA para el pago de las cargas sociales. El aporte al FAL debe abonarse junto con esas cargas, pero mediante un VEP separado, con los códigos previstos para el FAL. La falta de pago acarreará intereses resarcitorios.

Si un empleador no elige ninguna entidad financiera y...