La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la negativa a conceder la prisión domiciliaria a Mauricio Collareda, exjefe del Distrito 23 de la Dirección Nacional de Vialidad en Santa Cruz entre 2008 y 2015. Collareda fue condenado a cuatro años de prisión en la causa que investiga posibles maniobras para direccionar obras públicas en la provincia durante el periodo kirchnerista, y figura como coimputado junto a Cristina Kirchner y Lázaro Báez.
La decisión fue tomada por la Sala IV de la Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes ratificaron la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 que ya había rechazado su pedido de arresto domiciliario.
El exfuncionario argumentó que desde su detención, ocurrida el 16 de junio de 2025, se acentuaron problemas económicos en su hogar: caída de ingresos, endeudamiento, interrupción de tratamientos psicológicos por motivos económicos, y que uno de sus hijos estudia y no tiene ingresos. Añadió que la prisión domiciliaria impactaría de forma significativa en la dinámica familiar.
En su voto, Hornos, al que se adhirió Barroetaveña, sostuvo que la prisión domiciliaria es una medida excepcional y de carácter restrictivo. Subrayó que la resolución debe basarse en circunstancias objetivas y particulares de cada condenado, como salud, edad avanzada, vulnerabilidad o riesgos demostrados que hagan inadecuada la permanencia en una unidad penitenciaria.
La Casación sostuvo que la pena no se agota únicamente en su función resocializadora, sino que también cumple una función expresiva: reafirma el orden jurídico vulnerado y expresa el repudio institucional frente a transgresiones de la magnitud de los delitos de corrupción. Señaló además que una flexibilización excesiva de la modalidad de cumplimiento debilita ese mensaje y contradice los fines del derecho penal.
Borinsky añadió que la situación de Collareda no encuadra en ninguno de los supuestos excepcionales que habiliten la morigeración de la pena de prisión. Además, indicó que las circunstancias relatadas sobre la caída de ingresos y la afectación familiar ocurren durante el cumplimiento de la condena, no como condiciones que justifiquen una modificación del encierro.
En consecuencia, la Casación confirmó que Collareda debe permanecer detenido en el penal federal de Río Gallegos.



