La Justicia Federal con sede en Santa Rosa decidió, de forma provisional, suspender los artículos 3° y 4° del decreto 982/2026, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, que buscaban eliminar el reparto vigente desde 1973 y asignar íntegramente las regalías de la hidroeléctrica Los Nihuiles a Mendoza. Con la medida, mientras se desarrolla el proceso judicial, La Pampa continúa recibiendo la mitad de esos ingresos.

La decisión fue tomada a partir de una cautelar interina presentada por la administración del gobernador pampeano Sergio Ziliotto. El juez federal Juan José Baric ordenó la suspensión inmediata de los citados artículos y fijó que la resolución tenga vigencia hasta que se defina la cautelar solicitada por la provincia. Baric también requirió al Poder Ejecutivo Nacional la entrega, en un plazo de tres días, del informe previsto por la ley 26.854 para avanzar en la resolución de la medida.

Cabe aclarar que, por el momento, el fallo no entra a dirimir el fondo de la disputa sobre a qué provincia corresponde la totalidad de las regalías. Simplemente evita la aplicación del nuevo reparto mientras avanza la vía judicial.

El decreto cuestionado, publicado el 11 de septiembre, dejó sin efecto la distribución de regalías vigente desde 1973, que era de reparto entre ambas provincias, y estableció que las regalías desde su entrada en vigencia corresponden en su totalidad a Mendoza. El Ejecutivo adujo que la fuente hidroeléctrica está situada dentro del territorio mendocino.

La provincia de La Pampa sostiene que el reparto tenía además cobertura en un convenio de 1992 entre Nación, Mendoza y La Pampa, aprobado por las legislaturas provinciales y homologado posteriormente por la Corte Suprema. Según la cláusula quinta de ese convenio, Nación, Mendoza y/o el eventual propietario de Los Nihuiles debía transferir a La Pampa las regalías conforme a la ley 15.336 y al decreto 1560/73. El decreto 982 reconoce ese antecedente, aunque señala que el acuerdo quedaba sujeto a lo que dispusieran normas o fallos posteriores.

Durante más de cinco décadas, el esquema permitió a las dos provincias participar de las regalías. Con la Ley 23.164 se elevó el porcentaje total al 12% para este tipo de aprovechamientos; bajo el régimen de Los Nihuiles, cada jurisdicción recibía el 6%. Este marco cobra relevancia en medio del proceso abierto para una nueva concesión del sistema hidroeléctrico, ya que el decreto buscaba generar un criterio de distribución que aporte certeza jurídica al procedimiento de selección de futuros operadores.

El conflicto por las regalías se entrelaza con la histórica disputa por el río Atuel, cuyo carácter interjurisdiccional ha sido destacado en la discusión.