El Gobierno convirtió a la recuperación de la Asignación Universal por Hijo (AUH) en una de sus banderas sociales y, en el mensaje accompanying al Proyecto de Presupuesto 2027 enviado al Congreso, resaltó que la prestación subió casi 110% en términos reales desde diciembre de 2023 y que, junto con la Prestación Alimentar, cubre más del 95% de las necesidades básicas de alimentación medidas por el Indec.
No obstante, el articulado de la iniciativa propone eliminar la norma que obliga a actualizar automáticamente ese beneficio y el conjunto de las asignaciones familiares conforme a la inflación de dos meses previos. Este cambio aparece en el artículo 17, uno de los más breves del paquete enviado al Congreso, y prevé derogar los artículos 1°, 3° y 4° de la Ley 27.160, sancionada en 2015 para establecer la movilidad de las asignaciones familiares y universales. En el proyecto de Presupuesto 2026 ya se había intentado avanzar con una modificación similar, que fue rechazada por los legisladores.
El artículo 1° de la Ley 27.160 es el núcleo del régimen vigente: determina que las prestaciones contempladas en la Ley 24.714 —con la excepción de la asignación por maternidad— son móviles y que el ajuste debe aplicarse tanto a los montos de los beneficios como a los límites y rangos de ingresos familiares que definen su otorgamiento. Este esquema abarca no solo la AUH y la AUE, sino también las asignaciones por hijo, hijo con discapacidad, prenatal, nacimiento, adopción, matrimonio y otras prestaciones, tanto contributivas como no contributivas.
La Ley 27.160 enlaza esos aumentos con la movilidad. Desde la reforma de 2024, impulsada por el Ejecutivo, los haberes jubilatorios y las asignaciones se actualizan mensualmente de acuerdo con la evolución del índice de precios al consumidor que publica el INDEC.
Los otros dos artículos que propone derogar el proyecto sitúan el cálculo de la movilidad en manos de la ANSES y establecieron la primera implementación del régimen en marzo de 2016. Aunque esa última disposición ya agotó sus efectos, su eliminación se suma a la supresión de la obligación legal de aplicar la movilidad.
El Presupuesto no propone una fórmula alternativa, una periodicidad mínima ni otro parámetro obligatorio para actualizar los beneficios. Por lo tanto, si el artículo se aprueba sin cambios, las prestaciones seguirán existiendo, pero sus aumentos dejarían de estar garantizados por el mecanismo automático actual y dependerían de las decisiones que tome el Poder Ejecutivo.
La modificación, por sí sola, no implica que la AUH se vaya a congelar, reducir o eliminarse. El régimen general de asignaciones familiares seguirá vigente y el Ejecutivo seguirá facultado para fijar o aumentar los valores. El cambio central es que ya no sería obligatorio trasladar automáticamente las alzas.



