El abogado Gastón Marano, representante de Ariel Fernando García Furfaro, presentó un recurso de nulidad contra una de las piezas de prueba más relevantes en la investigación que tiene al empresario al frente de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo. El escrito cuestiona la validez de un informe que agrupa el análisis realizado sobre muestras de laboratorio vinculadas al caso.

La defensa apunta contra el documento denominado “Informe ANMAT sobre resultados de muestras”, elaborado de forma conjunta por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) y la firma Gobbi Novag S.A., y que se extiende a 991 páginas. Según el escrito, dicha pericia analizó “muestras de museo” —testimonios conservados de forma obligatoria— correspondientes a los lotes 31201, 31202, 31244 y 31245 de fentanilo producido por HLB Pharma, además de material remitido por el Hospital Italiano de La Plata, con el objetivo de aislar bacterias para su posterior secuenciación en el Instituto Malbrán.

En el sanatorio privado, el Hospital Italiano, se registraron las primeras muertes relacionadas con el fármaco analizado. La dirección del centro elevó la denuncia ante la ANMAT, que a su vez afirmó la denuncia ante la Justicia a través de la Policía Federal Argentina.

En la presentación, Marano sostiene que ese estudio constituyó “la piedra basal” para que el juez federal Ernesto Kreplak sostuviera la identidad genética entre las bacterias halladas en las muestras de museo y las encontradas en los organismos de las víctimas. La defensa sostiene que se trata de la única ocasión en la que se analizó directamente las muestras de museo de HLB Pharma y Ramallo, lo que, en su visión, vuelve decisiva cualquier objeción sobre la validez de la prueba.

García Furfaro, dueño de HLB Pharma Group y de Laboratorios Ramallo, fue procesado por primera vez el 25 de septiembre de 2025. En esa resolución, Kreplak lo declaró “coautor penalmente responsable del delito de adulteración de sustancias medicinales que resultó en la muerte de al menos 20 personas”, en concurso real con adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud, conforme a los artículos 200 y 201 bis del Código Penal. Se dispuso prisión preventiva y un embargo de bienes por un billón de pesos.

El 13 de mayo de 2026, Kreplak amplió la acusación mediante una resolución de 382 páginas y elevó a 90 las víctimas fatales judicialmente confirmadas, además de 44 pacientes con secuelas: 2 con lesiones gravísimas, 41 graves y 1 leve. Para arribar a ese universo, el juzgado cruzó la cantidad de ampollas del lote 31202 adquiridas por hospitales con las historias clínicas de los pacientes.