La Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal ratificó que la resolución de la validez de las autoridades de la obra social de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) debe tramitarse ante la justicia laboral, y no ante el fuero civil federal. El fallo, firmado por los jueces Florencia Nallar, Juan Perozziello Vizier y Fernando Uriarte, confirmó la decisión previa que había declarado incompetente al fuero Civil y Comercial Federal para intervenir en la causa planteada por Abel Furlán contra el interventor judicial de la UOM, Alberto Biglieri. En consecuencia, ordenó remitir el expediente a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para su radicación y posterior tramitación.

La disputa se originó cuando Furlán, desplazado líder gremial, promovió una acción declarativa para que se reconociera la validez y legalidad de las autoridades electas de la obra social, intento que buscaba contrarrestar una decisión anterior de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Esa sala había declarado nula la elección celebrada el 18 de marzo y designado un interventor para la UOM.

El tribunal desestimó el argumento de Furlán de que la obra social no participó en el proceso laboral conexo y de que su situación está regulada por el régimen federal de obras sociales, no por la Ley de Asociaciones Sindicales (Ley 23.551). Para la Sala I, el vínculo sustancial entre ambas causas activa el principio de perpetuatio jurisdictionis, según el cual el juez que primero tomó contacto con los hechos del caso conserva la competencia para resolver las cuestiones conexas, a fin de garantizar coherencia y economía procesal.

Además, puntualizó que la transferencia de competencia por conexidad no equivale a una acumulación de procesos, figura que sí exige que los juicios se encuentren en etapas procesales comparables. Si bien la conexidad puede operar incluso cuando uno de los procesos ya tenga una sentencia en firme (o no), su objetivo es concentrar ante un mismo juzgado expedientes con intereses comunes para evitar fallos contradictorios.

El dictamen del Fiscal General ante la Cámara aportó un dato relevante: al momento de la resolución, había cinco recursos de queja en trámite ante la Corte Suprema, todos derivados del mismo conflicto electoral en la UOM. Fueron presentados por la propia UOM, la Junta Electoral Nacional de la UOM, los integrantes del Secretariado Nacional elegidos en marzo —incluido Furlán junto a Pablo Molina, Rubén Urbano, Esteban Cabello y Oscar Martínez—, y otras agrupaciones vinculadas a la contienda, entre ellas la Lista Vio..., según consta en el expediente.