El dólar mayorista, conocido también como dólar comercial, opera dentro del segmento que regula el Banco Central (BCRA). En ese esquema intervienen, además de la autoridad monetaria, las empresas y bancos que demandan divisas, junto con exportadores de granos y oleaginosas que liquidan divisas.

Desde el levantamiento del cepo cambiario, ocurrido el 14 de abril de 2025, las personas físicas pueden adquirir dólares en bancos sin límites, siempre que cuenten con una cuenta en pesos y otra en dólares para realizar la operación.

Según las resoluciones del BCRA, los usuarios del sistema bancario deben informar a la entidad 48 horas antes solamente cuando el monto de la compra supere los US$100.000. Además, si la transacción se realiza de forma presencial en ventanilla y se efectúa en efectivo, el cupo permitido es de 100 dólares por operación.

En lo que respecta al dólar oficial, este tipo de cambio, controlado por el BCRA, cierra sus operaciones en los días hábiles a las 15:00, horarios compatibles con la operatoria bancaria. Su apertura se produce a las 10:00 en días hábiles, también en sintonía con el funcionamiento de las entidades financieras.