A medida que se acerca el último mes del año, ARCA propone revisar las inversiones para que la “foto” que registre el organismo al 31 de diciembre resulte lo más ventajosa posible, no buscando rendimientos extraordinarios sino una optimización fiscal.

Una de las dudas más habituales entre los inversores pequeños es si alguien inscripto en el régimen de monotributo puede invertir en el mercado de capitales. La respuesta es afirmativa: sí se puede invertir, y la clave está en demostrar el origen de los fondos aportados. Así lo explica Gustavo Campos, socio de PwC Argentina: la posibilidad de invertir existe para todos los contribuyentes, independientemente de su situación fiscal, siempre que se pueda justificar de dónde salen los fondos.

Diego Rodríguez, supervisor de Impuestos de TMF Group, complementa que lo que evalúa ARCA no es únicamente la condición fiscal, sino la consistencia entre ingresos, patrimonio y gasto. En esa línea, advierte que podrían surgir cuestionamientos cuando un monotributista declara ingresos anuales bajos y, al mismo tiempo, adquiere inmuebles de alto valor, vehículos importantes o realiza movimientos o consumos que no guardan relación con sus ingresos declarados.

Pasando a la carga impositiva, no existe una respuesta única sobre qué impuesto corresponde pagar a un inversor: depende del patrimonio total y no solo de las inversiones en acciones o bonos. En ARCA se deben considerar dos tributos relevantes: bienes personales y ganancias. Al 31 de diciembre de cada año, la entidad analiza el patrimonio y las ganancias del último ejercicio y, en función de ese tope, determina la carga para cada contribuyente si queda por dentro o por fuera del mínimo no imponible (MINI) aplicable.

Para el periodo fiscal 2025, el mínimo no imponible de bienes personales quedó fijado en 384,7 millones de pesos. Si se proyecta hacia 2026, tomando en cuenta la inflación de agosto de 2026, el límite estimado rondaría los 508,2 millones de pesos. Por debajo de ese umbral, no hace falta presentar declaración ni pagar porcentaje alguno.

El patrimonio objeto de análisis agrupa todos los bienes: inmuebles, autos, embarcaciones, efectivo, joyas e incluso inversiones bursátiles o en bancos. A la suma total se aplica una deducción por vivienda única (la casa habitación). Sobre el resultado, si se supera el MINI, corresponde abonar el impuesto.

Un detalle adicional: solo en el caso de los trabajadores en relación de dependencia persiste la obligación formal de informar el detalle de sus bienes aunque no superen el MINI, siempre que sus ingresos anuales hayan superado, para el periodo fiscal 2025 (con ajustes por inflación), los 196 millones de pesos.