Un nuevo tramo de la negociación salarial para los trabajadores de la construcción, cubiertos por los convenios colectivos 76/75 y 577/10, entró en vigor en octubre de 2026. El incremento acordado es del 1,8% aplicado sobre los salarios básicos vigentes en septiembre, y forma parte de una serie de aumentos acumulativos definidos en la última paritaria, destinados a jornaleros de obra y a los haberes de los serenos.
El entendimiento fue suscrito por la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC). El ajuste afecta a las escalas y a las remuneraciones de los trabajadores incluidos en ambos convenios, con especial énfasis en las categorías de obra y en las retribuciones de los serenos.
La estructura salarial mantiene una división en cuatro zonas. Zona A agrupa la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Salta, Tucumán, Chaco, Corrientes, Jujuy y Misiones; en esta área se toman como referencia los valores básicos para el resto del territorio. Zona B comprende La Pampa, Neuquén, Río Negro y Chubut, e incorpora un complemento por desfavorable. Zona C corresponde a Santa Cruz, mientras que Zona C-Austral reúne Tierra del Fuego. En cada zona rigen los importes vigentes desde el 1° de octubre, y los montos varían según la región y la tarea.
Para sectores específicos, el acuerdo actualizó también las escalas del Convenio 577/10, que corresponde a las especialidades de canalización, líneas, instalaciones y empalme. En estas áreas, los importes dependen de la tarea y la región; para octubre, se destacan los valores más altos para la categoría de oficial especializado dentro de esas actividades.
En materia de increments, la negociación estableció tres tramos consecutivos y acumulativos para septiembre, octubre y noviembre. El primer tramo fue de 1,9% sobre los básicos vigentes al 31 de agosto; el segundo, de 1,8% sobre las remuneraciones de septiembre; y el tercero, de 1,7% a partir de noviembre de 2026, aplicado sobre los salarios básicos vigentes en octubre. Al tratarse de aumentos acumulativos, cada porcentaje se aplica sobre el valor ya actualizado por el tramo anterior.
La vigencia del acuerdo se extiende hasta el 30 de noviembre de 2026. Además, se creó y mantendrá una comisión especial para seguir la evolución de las variables económicas y del sector, con una próxima reunión programada para el 20 de octubre para definir los parámetros de los ajustes que regirán desde diciembre.
El convenio mantiene una retención del 2% sobre los salarios remunerativos en concepto de aporte extraordinario solidario, y contempla, por su parte, una contribución patronal del 2% destinada a fines asistenciales y sociales.



