La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la eliminación del esquema que obligaba a las empresas usuarias a aplicar retenciones sobre las contribuciones patronales cuando contrataban personal a través de agencias de servicios eventuales.

La medida quedó plasmada en la Resolución General 5913/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial y con efectos desde esa misma jornada. La norma dejó sin efecto las resoluciones generales 3.983 de la Dirección General Impositiva (DGI) y su modificatoria, y 4.003 del mismo organismo.

Antes, las empresas que contrataban personal mediante estas agencias estaban obligadas a practicar retenciones sobre los montos facturados por sueldos, jornales u otras remuneraciones del personal suministrado. Esas retenciones se destinaban al ingreso de las contribuciones patronales correspondientes a los trabajadores de las empresas de servicios eventuales.

ARCA fundamentó el cambio en la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral 27.802, implementada a través del Decreto 407/2026. Según la entidad, el artículo 8 del Anexo II de ese decreto establece que las agencias de servicios eventuales deben asumir directamente las obligaciones derivadas de los regímenes de seguridad social. Esta obligación directa incluye, además, las cuotas sindicales y las retenciones legales aplicables a la actividad de la empresa usuaria, conforme a la reglamentación citada.

Por ello, la autoridad consideró inaplicable el régimen de retenciones anterior para las compañías que recurren a estas agencias y procedió a su eliminación. La resolución no elimina las obligaciones de seguridad social en su conjunto; simplemente eliminó el mecanismo de retención a cargo de las empresas usuarias y mantiene el modelo de pago directo por parte de las agencias de empleo temporal.

La medida fue firmada el lunes por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez.