La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativa Federal sostuvo que corresponde revisar la continuidad de la cautelar relacionada con el financiamiento universitario, al entender que mantener la orden podría ocasionar un perjuicio irreparable para el Estado por disputas sobre su vigencia. La decisión fue tomada a partir del planteo del Ministerio de Capital Humano, con intervención de la Secretaría de Educación y asesoría legal de la Procuración del Tesoro, encabezada por Sebastián Amerio, luego de que la jueza de primera instancia denegara el derecho a apelar. El proceso de fondo se inició con un amparo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras instituciones contra el Decreto 759/25, que redistribuyó y redujo fondos para las universidades nacionales.

Fuentes cercanas al Gobierno indicaron que la causa seguirá adelante y que la cautelar no se abandona, aun cuando la cámara no dictó si el Estado ya está cumpliendo la medida. En otras jurisdicciones se sostuvo que la interpretación de que el recurso admitido podría suspender su aplicación tiene fundamentos, pero la Sala se limitó a señalar que el juez de primera instancia se equivocó al bloquear la apelación y que esa apelación debe tramitarse.

La resolución, firmada por los magistrados Sergio Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán, también dejó en claro que el tribunal no se pronunció sobre el cumplimiento concreto de la cautelar. El Ministerio de Capital Humano argumentó que la cautelar original tenía un plazo explícito y que ese plazo ya venció, por lo que proseguir con la ejecución equivaldría a prolongar una tutela caducada.

Paralelamente, la misma Cámara dio curso a una apelación del Estado Nacional contra la intimación de cumplir en cinco días la medida cautelar vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario, con la advertencia de imponer multas diarias si no se acata. El Gobierno sostuvo que ya cumplió con las obligaciones previstas en los artículos 5 y 6 de la ley 27.795, referidas a la actualización salarial del personal universitario y a las becas, y sostuvo que los incrementos salariales acumulados de diciembre de 2023 a agosto de 2025 superaron la variación del IPC. También sostuvo que las becas cubiertas por la norma corresponden al Programa 26, Manuel Belgrano, y no a Progresar.

El amparo fue impulsado por CIN tras la sanción del Decreto 759/25, que modificó la distribución de fondos para las universidades nacionales. La causa permanece en trámite ante la justicia federal.