La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo emitió un fallo favorable a Luis Barrionuevo en la disputa interna dentro de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) y ordenó a la Secretaría de Trabajo expedir una certificación provisional de las autoridades de la organización.
Las autoridades electas de la UTHGRA, lideradas por Barrionuevo, habrían sido proclamadas tras las elecciones realizadas el 29 de diciembre de 2025. La Junta Electoral Central dio por ganadora a la Lista Celeste 17 de Octubre, con un total de 121.334 votos. Al día siguiente, la nómina vencedora solicitó ante la Secretaría de Trabajo la certificación oficial, pero no obtuvo respuesta.
En ese contexto, el sindicato recurrió a una acción de amparo para que se expidan los certificados que oficialicen a las nuevas autoridades. Paralelamente, quedaron paralizados otros trámites relevantes de la UTHGRA, como la rúbrica de libros y la homologación de acuerdos paritarios, lo que afectó la vida institucional de la entidad y la situación salarial de los trabajadores involucrados.
El fallo subraya que la ausencia de constancia de autoridades vigentes se constituye hoy en un obstáculo concreto para el funcionamiento gremial y que ese perjuicio no resulta subsanable de manera posterior.
En la resolución, el primer juez de la causa había rechazado la medida cautelar, sosteniendo que estaba pendiente un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia, lo que, a su juicio, impedía cumplir con los requisitos para otorgar la tutela provisional.
Sin embargo, la Sala VI sostuvo que ese planteo no tiene efecto suspensivo automático y que, de todas formas, los comicios y sus resultados ya se llevaron a cabo y fueron reconocidos por la propia Junta Electoral. Para la Cámara, exigir que el recurso esté resuelto favorablemente al actor para otorgar la medida significaría exigir la firmeza de una decisión que ya produce efectos, lo cual sería un exceso.
La jueza Marina Pisacco, entre las camaristas que integran la Sala, remarcó además que la modificación del artículo 56 de la Ley de Asociaciones Sindicales, incorporada por el decreto 342/25, no altera la obligación del Ministerio de registrar a las autoridades electas. Con esa mirada, la Sala ordenó la certificación provisional para la UTHGRA, a la espera de una definición definitiva sobre el reconocimiento oficial.



