El magistrado Martín Cormick, titular del Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo N°11 desde 2020, fue la autoridad que emitió la sentencia en la causa donde las universidades nacionales cuestionaron al Ejecutivo por la Ley de Financiamiento Universitario. En diciembre, ya había dictado una cautelar que exigió cumplir los artículos 5 y 6 de esa norma, referentes a la actualización de salarios y a las becas estudiantiles; la Corte Suprema ratificó esa medida el 25 de junio y, desde entonces, el juez ordenó la ejecución de la sentencia.

Cormick es abogado y posee un magíster en Derecho Administrativo por la Universidad de Buenos Aires (UBA). Su trayectoria pública incluye cargos que lo vinculan con el entorno oficialista: entre octubre de 2014 y diciembre de 2015 estuvo al frente de la Inspección General de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia de Nación, durante la presidencia de Cristina Kirchner. Entre diciembre de 2019 y noviembre de 2020 ocupó la Sindicatura General de PAMI, cuando Luana Volnovich, ligada a La Cámpora, asumió la dirección de la obra social de los jubilados.

Antes de esos roles, Cormick se desempeñó como director en la Defensoría de la Ciudad y en programas de acceso a la Justicia en barrios. Entre 2008 y 2010 ocupó la Dirección de la Oficina de Administración y Presupuesto de la Defensoría, y entre 2007 y 2008 fue jefe de Compras de la Auditoría General de la Ciudad. En su currículum también figura un reconocimiento de las Madres de Plaza de Mayo en 2010.

Entre otros fallos, el juez declaró la nulidad del protocolo antipiquetes del Ministerio de Seguridad en una causa impulsada por el Centro de Derechos Humanos y Sociales (CELS), al considerar que esa norma afectaba la libertad de expresión y excedía las funciones del Poder Ejecutivo. El Gobierno apeló; en marzo de 2026, la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo dejó sin efecto esa medida, y el protocolo entró en vigencia.

En octubre de 2024 también emitió una medida cautelar a favor de la asociación de diplomáticos que trabajan en la Cancillería y frenó el cobro del Impuesto a las Ganancias sobre el plus salarial que perciben los funcionarios cuando están asignados en el extranjero. Asimismo, dio lugar de forma parcial a cautelares que impidieron al Gobierno excluir a beneficiarios de los programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social y suspender pagos por participar en protestas.