El bono no se actualizó junto con el resto de los haberes tras la decisión del Gobierno; si hubiese seguido ese ritmo, en octubre su valor debería ser de 226.903 pesos. En ese escenario, el haber mínimo total de octubre subiría a 662.651 pesos (435.748 de base más 226.903 de bono). En la realidad, el mínimo es de 505.748 pesos (435.748 más 70.000 del bono).
La brecha entre ambos escenarios implica una caída del bono de cerca del 70% desde que fue congelado. A las pérdidas mensuales y a la ausencia de aguinaldo por la falta de actualización, se suma que la diferencia para los jubilados y pensionados alcanza los 156.903 pesos (662.651 menos 505.748).
Es relevante destacar que ese bono no integra el haber y no se computa para el pago del aguinaldo, lo que agrava la pérdida para los beneficiarios.
La medida de congelar el bono afecta a aproximadamente la mitad de los jubilados del SIPA, es decir, unos 3 millones de personas, más otros 1,5 millones que cobran la PUAM (Pensión Universal al Adulto Mayor) y pensiones no contributivas.
Con el bono congelado, los jubilados de haberes mínimos pierden frente a la inflación de forma mensual. Por ejemplo, en septiembre el haber mínimo con bono llega a 498.633 pesos (428.633 de base + 70.000 del bono) y en octubre sube a 505.748 pesos (435.748 de base + 70.000 del bono), lo que representa un incremento del 1,43% por debajo de la inflación de agosto, que fue del 1,7%.
En el caso de la PUAM, de 412.907 pesos en septiembre (342.907 + 70.000) pasa a 418.598 en octubre, es decir, un aumento del 1,37% por debajo de la inflación. Las Pensiones No Contributivas suben de 370.043 pesos en septiembre (300.043 + 70.000) a 375.023 en octubre, un incremento del 1,34%.
El efecto acumulado del bono, que en marzo de 2024 representaba el 52% del haber mínimo total, cae hasta aproximadamente el 14% cuando se cobra en octubre. Si persiste el congelamiento, esa proporción seguirá erosionándose hasta volverse prácticamente irrelevante respecto del total.
Además, con un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) por debajo del haber mínimo, no rige la garantía del 82% del SMVM para quienes se jubilaron sin moratorias, lo que complica aún más la protección de ingresos mínimos.



