La fiscalía de Cámara, representada por Sandra Verónica Guagnino, dictaminó hoy a favor de revocar la decisión de la jueza Laura De Marinis, quien había considerado inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en un caso que involucró a un adolescente de 14 años y dispuso su sobreseimiento por el supuesto delito de tentativa de robo cometido en la Ciudad de Buenos Aires.

Con este pronunciamiento, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad quedó en la posición de definir la cuestión, compuesta por los magistrados Ignacio Mahiques, Martín Larocca y Fernando Franza. El recurso de nulidad llegó a la alzada por obra de Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, integrantes de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil (UFEPJ).

La controversia surgió tras la decisión de De Marinis, titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3, de declarar inaplicable para el caso la norma que fija en 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. En el hecho investigado, ocurrido el 10 de septiembre, un hombre de 47 años fue seguido por un grupo de adolescentes y pidió ayuda a un policía; la intervención de las autoridades evitó que se materializara el robo.

La Fiscalía sostuvo que la declaración de inconstitucionalidad debe ser una medida excepcional, válida solo cuando no exista interpretación constitucional compatible con la norma. En el recurso, Tereszko y Raffa Pirra argumentaron que la magistrada se otorgó atribuciones propias del Congreso al no aplicar una ley vigente y señalaron impactos sobre el principio de separación de poderes. También cuestionaron que el fallo no explique de qué modo el proceso penal vulneraría los derechos del adolescente; para los fiscales, el fallo no clarificó la relación entre responsabilidad penal, desarrollo del proceso y la proporcionalidad de una eventual respuesta estatal. El pedido de apelación apuntó a la revocación del fallo y a apartar a De Marinis de la causa.

Guagnino respaldó la postura de la Fiscalía de primera instancia y se pronunció a favor de revertir la resolución. Por su parte, De Marinis indicó que su decisión se limitaba a las particularidades del joven involucrado en el hecho. Con este panorama, la definición definitiva queda ahora en manos de la Sala III, que deberá resolver el prolongado debate sobre la constitucionalidad de la norma y sus alcances en casos concretos.